El PP en Montamarta denuncia que el alcalde incumple una sentencia que declara nula la contratación de un administrativo

 El PP en Montamarta denuncia que el alcalde incumple una sentencia que declara nula la contratación de un administrativo
El PP en Montamarta denuncia que el alcalde incumple una sentencia que declara nula la contratación de un administrativo
El Grupo de concejales del Partido Popular en el Ayuntamiento de Montamarta denuncia que el alcalde socialista está incumpliendo una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo por la que se declara nula la contratación de un trabajador administrativo, que permanece trabajando actualmente y que da la casualidad de que se trata de un concejal socialista en un ayuntamiento de una localidad vecina.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo estima en su práctica totalidad el recurso interpuesto por los concejales del Partido Popular contra la resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Montamarta del 3 de abril del 2013, por la que el alcalde del Partido Socialista desestimaba la impugnación de las bases de la convocatoria para la contratación de personal administrativo a tiempo parcial así como la suspensión del proceso selectivo.

El Contencioso-Administrativo declara  que resolución dictada por el alcalde socialista es contraria a derecho, por lo que la deja sin efecto al considerar que tanto la convocatoria como las bases contenidas en la misma son nulas de pleno derecho, tal y como pusieron de manifiesto los concejales del Partido Popular en la impugnación de las mismas.

El PP en Montamarta puso de manifiesto que la citada convocatoria se realizó sin la publicidad exigida por la Ley, dado que únicamente se publicó en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

En este sentido, el Juzgado estima que “es necesario y exigido la publicad del acto de convocatoria de cualquier proceso selectivo”, tanto en el caso de un proceso de selección de personal fijo o temporal, se realice “por un medio que garantice su difusión y común o público conocimiento”, y añade que este objetivo se puede cumplir  con su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Del mismo modo, considera nula de pleno derecho al ser discriminatoria la base relativa a la puntuación por la que se otorgaba a los aspirantes 1 por estar empadronados en la localidad y 0.5 puntos si ese municipio pertenece a la Mancomunidad.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo estima que la selección de personal, ya sea funcionario o laboral,  debe respetar los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad y que las bases deben publicarse al menos en el Boletín Oficial de la Provincia.

La sentencia condena también al pago de las costas al Ayuntamiento, por lo que el Partido Popular pide al alcalde que dé a conocer a todos los vecinos el coste del procedimiento judicial y, al mismo tiempo, lo pague de su propio bolsillo dado que ha continuado con su empeño en contratar a un compañero de su partido a pesar de los evidentes signos de ilegalidad denunciados desde el comienzo del proceso.

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