El Ayuntamiento de Benavente reguló a través de ordenanza municipal el procedimiento y la documentación que se debe acompañar a las solicitudes de licencias ambientales, comunicación del ejercicio de actividades reguladas en el anexo V de la Ley 11/2003, y comunicación de inicio o puesta en marcha de actividades, traspaso de licencias y comunicaciones. (Ordenanza publicada en el BOP de fecha 28 de julio de 2010).
En esa ordenanza se establece, con la presentación de la documentación y la comunicación de inicio, se habilita para el ejercicio de la actividad y supone la inscripción de oficio en los correspondientes registros ambientales.
Una vez comunicada la puesta en marcha de una actividad o el traspaso de una actividad, el Ayuntamiento, de oficio, de conformidad con lo establecido en el artículo 69 de la Ley 30/1992, inicia un procedimiento de control posterior para verificar el cumplimiento tanto documental como sustantivo de la actividad. “El plazo establecido para que la Administración resuelva este tipo de expedientes es de tres meses; sin embargo el Ayuntamiento de Benavente tiene un plazo medio de resolución en los expedientes de comunicación de 74 días”, apunta la Concejalía de Obras. “Haciendo una auditoria las resoluciones de licencia ambiental concedidas en el año 2013/2014 se extrae como conclusión que el tiempo medio de tramitación de los expedientes de licencia ambiental es de 169 días”, añade.
En este contexto, el Ayuntamiento reconoce que “hay ocasiones en las que el tiempo de resolución supera los plazos marcados en la normativa” debido a que, tras varios requerimientos de mejora de la documentación aportada por los interesados, estos se demoran en aportarla o la presentan incompleta, como sucedió en algunos de los casos señalados, por lo que el Ayuntamiento insiste en la presentación de la documentación, antes de denegar la licencia o caducar el expediente de control posterior. “En otras ocasiones, especialmente en la concesión de las licencias ambientales que se resuelven conjuntamente con las licencias de obras, se requieren informes sectoriales que pueden demorarse en su emisión, y que hacen que el plazo de resolución en ocasiones pueda exceder de los cuatro meses que marca la normativa”, concluye.
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