Relajación de medidas en la Diputación ante la evolución favorable de la pandemia

El Boletín Oficial de la Provincia publica hoy el acuerdo con los cambios

La Diputación promueve la competitividad empresarial en el sector agroalimentario y turístico a través de una convocatoria de subvenciones
La Diputación promueve la competitividad empresarial en el sector agroalimentario y turístico a través de una convocatoria de subvenciones

La Diputación Provincial de Zamora, ante la evolución favorable de la pandemia del coronavirus y tras la finalización del estado de alarma ha adoptado nuevas medidas de carácter organizativo y de funcionamiento en el ámbito de la administración provincial y del Patronato de Turismo. Estas medidas se refieren al ámbito funcional, de recursos humanos, en el ámbito cultural y deportivo, social y educativo y otros ámbitos.

Las medidas adoptadas, publicadas hoy en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), son las siguientes:

A) MEDIDAS EN EL ÁMBITO FUNCIONAL:

- Mantener la apertura de la totalidad de los centros de trabajo dependientes de la Diputación

- Celebrar a distancia, de acuerdo con su correspondiente régimen de funcionamiento, las sesiones de los órganos colegiados de la Diputación.

Excepcionalmente, los órganos de selección que hayan de participar en los procedimientos selectivos para el ingreso de personal funcionario o laboral, la formación de bolsas de trabajo o cualquier otro procedimiento de selección de personal, así como las comisiones y cualesquiera otros órganos de valoración que intervengan en los procedimientos de provisión de puestos de trabajo, podrán celebrar sesiones de forma presencial siempre que las mismas no requieran la presencia física de los aspirantes admitidos a los antedichos procedimientos. en todo caso, la celebración de estas sesiones deberá respetar las normas que en cada momento dicten las autoridades sanitarias competentes.

- Permitir el acceso de los ciudadanos a los centros y oficinas de la Diputación conforme a las normas generales de cada unidad administrativa y siguiendo el régimen subsecuente:

i. El ciudadano deberá solicitar y obtener previamente cita previa con la correspondiente unidad administrativa, de acuerdo con el siguiente régimen:

  • Con carácter general, la cita previa podrá solicitarse por cualquiera de los medios que se indican seguidamente:
  • - a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Zamora (https://diputaciondezamora.sedelectronica.es/info.1).

    - por vía telefónica (tlf. 980 55 93 00).

  • Con carácter especial, la cita previa con el Servicio de Gestión tributaria y Recaudación podrá solicitarse por cualquiera de los medios que se indican seguidamente:
  • - A través de la sede electrónica de la Diputación (https://diputaciondezamora.sedelectronica.es/info.1).

    - Por vía telefónica (tlf. 980 53 04 16).

    - De forma presencial en las oficinas del citado Servicio, de lunes a viernes de 9:00 horas a 14:00 horas (salvo festivos).

  • El acceso efectivo a los centros y oficinas provinciales exigirá que el ciudadano acredite la obtención de la pertinente cita previa.
  • En el supuesto de que el ciudadano necesite de los servicios de más de una unidad administrativa de la diputación deberá solicitar cita previa con cada una de ellas.
  • ii. De cualquier forma, en orden a garantizar la seguridad y salud de los trabajadores, en la medida que las barreras físicas no existan o sean precarias, el acceso del ciudadano requerirá la toma de temperatura mediante un sistema que no suponga contacto físico, de forma anónima y sin que se registre dato alguno en ningún tipo de soporte.

    Igualmente, y con idéntica finalidad, el acceso del ciudadano exigirá que este adopte las medidas de seguridad e higiene dictadas por las autoridades competentes.

    - Las reuniones de trabajo se procurarán celebrar a distancia, adoptándose, en todo caso, las medidas que aseguren los derechos de seguridad e higiene en el trabajo y a la salud.

    B) MEDIDAS EN EL ÁMBITO DE RECURSOS HUMANOS:

    - Asegurar el distanciamiento social de 1,50 metros tanto en las zonas comunes, con señalización (con pintura, cintas, pegatinas, elementos de balizamiento, mobiliario, etc.) del área o espacio concreto que los empleados públicos ocupan durante la ejecución de sus tareas asegurándose la existencia de 1,5 metros entre el empleado público y los ciudadanos a los que tenga que atender, como entre los puestos de trabajo, cuando sea posible, disponiendo barreras físicas (metacrilatos o similares), para evitar el contacto sin la distancia de seguridad.

    - Cuando no se puedan respetar las distancias mínimas de seguridad interpersonal, proveer a los empleados de los algunos de los siguientes equipos de protección individual (según disponibilidad y actividad a desarrollar): mascarilla quirúrgica y/o protector respiratorio auto filtrante (que será de uso obligatorio en las zonas comunes como pasillos escaleras o aseos), guantes de protección y/o ropa de trabajo de manga larga.

    - Mantener las medidas de ventilación, limpieza y desinfección de los centros de trabajo e instalaciones, de higiene y puesta a disposición de agua, jabón y geles hidro-alcohólicos, o equipos de protección individual e información a los empleados, así como las medidas tendentes a evitar la coincidencia masiva de personas, tanto empleados como personal ajeno a la diputación, previstas en el apartado 4 del plan aprobado por decreto 2002/2121.

    - Permitir el trabajo a distancia conforme a lo recogido en el decreto 2020-4790, de 20 de octubre (B.o.p. n.º 124, de 23 de octubre de 2020).

    - Arbitrar las medidas necesarias para que el personal al servicio de la Diputación Provincial de Zamora que se encuentre en situación de aislamiento por motivo del covid-19 continúe percibiendo, durante el tiempo que permanezca en dicha situación, el cien por cien de sus retribuciones.

    - Levantar la suspensión de los actos que dentro de los procedimientos de acceso al empleo público o provisión de puestos de trabajo requieran la presencia física de los aspirantes a los antedichos procedimientos. En todo caso, el desarrollo de estos deberá respetar lo previsto en el decreto 2021-2.100, de 27 de abril de 2021, por el que se aprueba el protocolo de adaptación a la nueva situación originada por la pandemia covid-19 para la celebración de las pruebas de los procesos selectivos derivados de las ofertas de empleo público de la administración de la Diputación. por ello, de acuerdo con lo prevenido en el apartado 3.36 del acuerdo 46/2021 de 6 de mayo, de la Junta de castilla y león, previamente a la celebración de dichos eventos deberá ser evaluado el riesgo por parte de la Junta de castilla y león y obtenida la correspondiente autorización expresa por parte del órgano competente.

    C) MEDIDAS EN EL ÁMBITO CULTURAL Y DEPORTIVO:

    - Abrir al público de los locales y establecimientos en los que se desarrollen actos, espectáculos culturales, exposiciones y cualquier otra actividad de índole cultural.

    - Abrir al público de los locales y establecimientos donde se desarrollen actividades deportivas.

    - Celebrar actividades y servicios deportivos.

    D) MEDIDAS EN EL ÁMBITO SOCIAL Y EDUCATIVO:

    - Continuar con la prestación de los servicios sociales.

    - Continuar con la prestación de los servicios de la “Guardería Infantil la Veguilla” (Benavente).

    - Continuar con la prestación de los servicios de la “Residencia Virgen del Canto” (Toro).

    E) MEDIDAS EN OTROS ÁMBITOS:

    - Continuar con la tramitación de los diferentes procedimientos administrativos.

    - Ordenar a las unidades administrativas de esta diputación que adopten las medidas oportunas con la finalidad de asegurar el cumplimiento de la legalidad vigente y, en especial, con el objetivo de preservar el interés general y los derechos y obligaciones de los interesados.

    Específicamente, se ordena a las unidades administrativas de esta diputación y, en particular, los responsables o directores de los contratos que tomen las medidas oportunas a los efectos de garantizar el respeto a la normativa aplicable en materia de contratos del sector público, así como la observancia de los derechos de seguridad e higiene en el trabajo y a la salud en la ejecución de dichos contratos.

    - Suspender de la utilización de los edificios, locales e instalaciones provinciales en los términos que se indican a continuación:

  • En aquellos supuestos en los que la utilización estuviera amparada en autorización concedida conforme al Reglamento regulador de la utilización de edificios provinciales, tal autorización quedará en suspenso y, en consecuencia, quedará suspendida la actividad o el evento en cuestión.
  • En aquellos supuestos en que la utilización fuese realizada, de forma habitual o como sede, por entidades vinculadas o dependientes de esta diputación, estas deberán adoptar las medidas oportunas que garanticen los derechos de seguridad e higiene en el trabajo y a la salud.
  • - Podrán celebrarse cursos, actividades formativas, conferencias y eventos y actos similares de acuerdo con las reglas y límites de aforo dictados por las autoridades sanitarias, en función del nivel de alerta.

    En aquellos supuestos en los que participen otras entidades en la organización de estos actos, las unidades administrativas de esta diputación responsables de la gestión de los mismos coordinarán las actuaciones con aquellas con el fin de proceder a cumplir las reglas y límites correspondientes.

    Tienes que iniciar sesión para ver los comentarios

    Lo más leído