La Gerencia Regional de Salud acaba de presentar a los sindicatos presentes en la Mesa Sectorial sanitaria el proyecto de Decreto por el que se regulan las Unidades de Gestión Clínica en el Servicio de Salud de Castilla y León.
Los cambios incorporados al proyecto son fruto de las diversas reuniones mantenidas en la Mesa Sectorial y en la Mesa General, del Consejo Castellano y Leonés de Salud y de las propuestas de sociedades científicas y colegios profesionales. También se adapta al contenido de la reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia.
Así, en el proyecto se ha reforzado la consideración de las Unidades de Gestión Clínica (UGC) como una forma de organización de los centros públicos, que tienen carácter público sin estar dotadas de personalidad jurídica propia (art. 2): forman parte, pues, de los hospitales y centros de atención primaria; los profesionales que formen parte de estas unidades mantendrán su carácter de trabajadores públicos, estatutarios, funcionarios o laborales. En su artículo 3 se señala: “Los profesionales de los equipos, servicios, secciones o unidades asistenciales que pasen a conformar una Unidad de Gestión Clínica seguirán manteniendo la misma relación jurídica administrativa de vinculación con la Gerencia Regional de Salud”, también se garantiza que aquellos profesionales que decidan no incorporarse a esta nueva organización mantendrán su actual estatus laboral, según informan fuentes de la Consejería de Sanidad.
En lo que respecta al funcionamiento de las UGC, el proyecto es claro: tanto la contratación de los profesionales como la adquisición de bienes y servicios se realizará de acuerdo con las actuales normas de funcionamiento. En el artículo 2 se reitera que “las Unidades de Gestión Clínica, y sus profesionales, actuarán con sometimiento pleno al ordenamiento jurídico de general aplicación a los centros e instituciones sanitarias del Servicio Público de Salud de Castilla y León”.
“Riesgos de privatización”
Con todo ello se han incluido estas nuevas propuestas que permiten evitar cualquier valoración relativa a los “riesgos de privatización” de las UGC o de un funcionamiento distinto al que está establecido en la sanidad pública de Castilla y León.
Las normas de funcionamiento serán las mismas; lo que se modifica es la autonomía con la que los profesionales pueden organizar su trabajo de acuerdo con sus criterios clínicos. Y estos criterios deben tener en cuenta como aspecto fundamental la situación y las necesidades de los pacientes. El proyecto de gestión clínica no tiene como finalidad el ahorro de recursos, sino la adecuación a los criterios clínicos y científicos de la práctica clínica y la asistencia a los pacientes. Se trata de confiar en los profesionales, de facilitar su autonomía en la organización de su trabajo. También de ceder poder por parte de los gestores y de los sindicatos a favor de los profesionales, que son quienes mejor conocen las necesidades de sus pacientes, según las mismas fuentes.
Los requisitos para constituir una UGC tienen en consideración la actividad que van a desarrollar, los indicadores de calidad y de resultados, los de seguridad, de gasto, de formación continuada y de investigación.
El proyecto se adapta también a la reciente sentencia del TSJ. En lo fundamental, esta sentencia avala el modelo de gestión clínica, pues establece que está prevista en la legislación estatal y en la de la comunidad autónoma; que es una potestad organizativa de la Gerencia regional de salud y que no modifica el ordenamiento vigente en materia de condiciones laborales y retributivas. Y establece, también, que la creación de las UGC supone la modificación de las funciones de algunos puestos de trabajo y, por tanto, debe ser objeto de negociación sindical en la Mesa Sectorial. En esto, el proyecto se adapta a los fundamentos de esta sentencia.
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