Confirmada la pena de 12 años de prisión para el exprofesor del Conservatorio de Zamora por abusar de cuatro alumnas menores

El TSJCyL ha desestimado su recurso de apelación y confirma la sentencia de la Audiencia Provincial

Imagen del acusado
Imagen del acusado

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la sentencia de 12 años de prisión que fue impuesta por la Audiencia Provincial de Zamora para el exprofesor de fagot del Conservatorio Profesional de Música de la ciudad por abusos sexuales continuados cometidos contra cuatro alumnas menores de edad, durante los cursos 2008-2009 y 2009-2010.

El TSJCyL ha desestimado así el recurso de apelación interpuesto contra esta sentencia y ha confirmado la misma de forma íntegra.

Cabe recordar que la sentencia, dictada el pasado 14 de julio, consideraba probados los hechos denunciados por las víctimas, que en el momento de los abusos tenían entre 9 y 10 años. El tribunal estableció que el acusado cometió los abusos en clases tanto individuales como colectivas, aprovechando su posición como docente y la vulnerabilidad de las menores.

Durante las sesiones colectivas, el condenado realizaba ejercicios con las alumnas en los que, aprovechando su proximidad física, se frotaba contra ellas o las sentaba sobre sus piernas de forma inapropiada. En las clases individuales, bajo la excusa de enseñar técnicas de respiración, realizaba tocamientos en el pecho, abdomen y zona genital, llegando incluso a masturbar a una de las menores. Además, en varias ocasiones se exhibía desnudo ante ellas en el baño contiguo al aula, pidiéndoles que le ayudaran a abrocharse los pantalones o a “curarle una herida” en sus genitales.

Los hechos salieron a la luz más de una década después, en 2021, cuando una de las víctimas relató lo sucedido a la directora del Conservatorio Superior de Música de Salamanca, tras conocer que el acusado había sido contratado en ese centro. La denuncia dio lugar a una investigación que derivó en la imputación y posterior enjuiciamiento del profesor.

El tribunal valoró las declaraciones de las víctimas como coherentes, persistentes y creíbles, a pesar del tiempo transcurrido, y ha rechazado los argumentos de la defensa que aludían a una supuesta manipulación o animadversión previa. La sentencia también desestimó una posible eximente por trastornos psicológicos alegada por el acusado.

Además de la pena de prisión, la Audiencia impuso al condenado una prohibición de acercarse o comunicarse con las víctimas durante el tiempo de condena, una inhabilitación especial de más de 10 años para ejercer cualquier profesión que implique contacto con menores, y una medida de libertad vigilada por cinco años tras su salida de prisión.

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