Confirmada la prisión para un hombre por violar a una mujer en las fiestas de un pueblo de Zamora
La víctima se mostró disconforme con la sentencia solicitando la revisión del atenuante del estado de embriaguez, si bien ha sido desestimada
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por una mujer víctima de un delito de abuso sexual contra la sentencia dictaminada por la Audiencia Provincial de Zamora el pasado mes de febrero, en la que condenaba a un hombre a dos años de prisión, y ha confirmado íntegramente la sentencia.
La Audiencia Provincial condenó al varón como autor responsable de un delito de abuso sexual, con las circunstancias atenuantes de embriaguez y de reparación del daño, a la pena de prisión de 2 años, así como a la prohibición de aproximación a la mujer a una distancia inferior a 500 metros, y la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio ni establecer cualquier tipo de contacto escrito, verbal o visual con ella por un periodo de 3 años.
Ante esta sentencia, la víctima interpuso un recurso de apelación en el que se alegó un único motivo de impugnación: la revisión de la atenuante de embriaguez. Este recurso fue admitido y al mismo se adhirió el Ministerio Fiscal, mientras que fue impugnado por el acusado, que solicitó la confirmación íntegra de la sentencia. Ahora, el TSJCyL ha desestimado el recurso y ha confirmado la sentencia.
LOS HECHOS PROBADOS
Cabe resaltar que la Audiencia Provincial de Zamora dictó sentencia declarando probados los siguientes hechos: el varón se encontraba celebrando las fiestas de la localidad con su novia y una amiga de esta, así como otros amigos, y comenzaron a tomar consumiciones por los bares hasta que, de madrugada, la amiga de la pareja, que se encontraba en estado de intoxicación etílica, y acompañada del condenado y de su novia, se dirigieron a la vivienda del varón, durmiendo los tres en la misma cama.
Según se relata en la sentencia:
“En un momento dado de la noche, mientras se encontraban durmiendo en la cama, el hombre, aprovechando el estado de intoxicación etílica en que se encontraba la amiga de su novia, y sin contar con su consentimiento, se colocó detrás de ella y comenzó a tocarla los pechos, así como a introducir sus dedos dentro de su vagina, y su pene, penetrándola vaginalmente, sin que la mujer en ningún momento prestara su consentimiento debido al estado de embriaguez y sueño en el que se encontraba”.
Ese mismo día por la mañana, la mujer acudió al Hospital Virgen de la Concha, donde el forense tomó muestras biológicas de introito, cérvix y vagina, que, cotejadas por el Instituto Nacional de Toxicología con muestras biológicas del varón extraídas con su consentimiento, arrojan resultado de presencia de semen en la vagina con probabilidad de casi el 100%, como perteneciente al condenado.
En el momento de los hechos, el hombre se encontraba en estado de embriaguez, el cual disminuía levemente sus facultades volitivas e intelectivas.
Previo al acto del juicio oral, el hombre había consignado judicialmente la suma de 15.000 euros, cantidad solicitada por la acusación particular de la mujer como importe de la responsabilidad civil.
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