Dicha declaración conlleva la adopción de las siguientes medidas extraordinarias preventivas:
- Prohibición de uso de barbacoas autorizadas
- Prohibición del uso de ahumadores en la actividad apícola
- Suspensión de las autorizaciones para el lanzamiento de cohetes o artefactos de cualquier clase que contengan fuego
- Prohibición del uso de maquinaria en el monte y la franja de 400 m de terreno rústico que lo circunda, cuyo funcionamiento habitual genere fuego, deflagración, chispas o descargas eléctricas, tales como sopletes, soldadores, radiales, etc.
Todo ello se pone en su conocimiento y a los efectos oportunos, solicitándole también su colaboración para que el personal dependiente de la Subdelegación del Gobierno de Zamora extreme las medidas de vigilancia de los montes.