Al no poder justificar la procedencia del dinero, ni poseer declaración de movimiento, los agentes de la Guardia Civil actuaron conforme a la normativa en materia de Movimiento de Medios de Pago en el ámbito de prevención de blanqueo de capitales; instruyendo la correspondiente acta denuncia y procediendo a la incautación temporal del dinero.
El dinero intervenido fue depositado por los agentes de la Guardia Civil en una sucursal bancaria de Puebla de Sanabria, en un número de cuenta del Banco de España y con la posterior remisión del acta a la Secretaría de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e infracciones Monetarias, Subdirección General de Inspección y Movimiento de Capitales, Dirección General del Tesoro y Política Financiera y al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias.
Según la normativa reguladora de la declaración de movimientos de medios de pago en el ámbito de la prevención del blanqueo de capitales, queda sujeta a declaración, la salida o entrada en territorio nacional de moneda metálica, billetes de banco y cheques bancarios al portador denominados en moneda nacional o en cualquier otra moneda o cualquier medio físico, incluidos los electrónicos, concebido para ser utilizado como medio de pago, por importe igual o superior a 10.000 euros por persona y viaje.
La Guardia Civil continúa con las investigaciones al objeto de determinar el origen del dinero.
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