Rebajada la pena en Zamora a un condenado por agresión sexual a un joven con discapacidad

Tras la aplicación de la Ley del ‘Solo sí es sí’

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El acusado de agresión sexual a un joven discapacitado minutos antes de iniciarse el juicio
El acusado de agresión sexual a un joven discapacitado minutos antes de iniciarse el juicio

La Audiencia Provincial de Zamora, tras la revisión de la sentencia por la que se condenaba a un hombre a 13 años y ocho meses de prisión por un delito de agresión sexual a un joven con discapacidad intelectual y psíquica, ha acordado que procede la rebaja de la pena por la Ley Orgánica 10/22 de Garantía Integral de la Libertad Sexual, popularmente conocida como la Ley del ‘Solo sí es sí’.

Así, la Audiencia Provincial rebaja la pena al condenado a once años y seis meses de prisión, rebajando así en dos años y dos meses la pena de cárcel, así como la idéntica extensión de la pena de inhabilitación, manteniendo el resto de las medidas impuestas en sentencia. 

Cabe recordar que la Audiencia Provincial de Zamora juzgaba a finales de marzo de este año a un hombre de 52 años acusado de un delito de agresión sexual a un joven con discapacidad intelectual y psíquica. El juicio se celebró a puerta cerrada, y el zamorano se enfrentaba inicialmente a 15 años de cárcel a petición de la Fiscalía.

Los hechos ocurrieron en 2019 cuando el presunto autor de los hechos habría abordado al joven con discapacidad intelectual y psíquica y lo habría amenazado con una navaja para llevarlo a un lugar apartado en el centro de la ciudad donde le habría obligado a mantener relaciones sexuales.

En un primer momento el acusado realizó una felación a la víctima y posteriormente obligó a la víctima a realizarle una penetración anal. La denuncia de estos hechos fue presentada pocos días después de la sucesión de estos y la Policía Nacional activó el protocolo de actuación para este tipo de delitos, siendo la colaboración ciudadana determinante para poder detener al autor de los hechos.

Tras una primera sentencia en la que se imponían catorce años de prisión para el acusado, la defensa de este presentó una sentencia alegando que el condenado sufría un deterioro psíquico que se había agravado durante los últimos meses en los que ocurrieron los hechos. 

Sin embargo, la Justicia determinaba que "la alteración psíquica del acusado carece de todo apoyo probatorio se demuestra por la petición que se hace en el recurso de una evaluación del acusado por medio del Médico forense, petición que fue denegada por la Sala ya que dicha prueba no fue propuesta en la primera instancia, como era obligado, y, por tanto, no había razón para practicarla en esta alzada.

Desestimado el recurso, la condena de prisión de 13 años y ocho meses se mantuvo en vigor para este zamorano acusado de agredir sexualmente a un joven con discapacidad intelectual y psíquica.

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