La Guardia Civil está comprometida con la disminución de la siniestralidad en las carreteras españolas. Para ello desempeña las funciones que la legislación le encomienda de vigilancia y control del tráfico y del transporte en las vías públicas interurbanas.
En el marco de las actuaciones llevadas a cabo por el Subsector de Tráfico la Guardia Civil de Zamora en prevención de la comisión de delitos e infracciones relacionadas con la Seguridad Vial, agentes de la Guardia Civil interceptaron a un conductor que circulaba con un vehículo tipo turismo por la carretera nacional N-630 (Gijón-Sevilla), en las proximidades de la localidad de Roales del Pan, durante un dispositivo de Seguridad Vial.
En las indagaciones oportunas se comprobó que el conductor, tras haber sido condenado previamente a la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor por un tiempo inferior a dos años, dictado por la Autoridad Judicial competente, no acreditó haber realizado curso de reeducación y sensibilidad vial, siendo éste el motivo por lo que se procedió a la inmovilización del vehículo.
Para este tipo de conductas constitutivas de infracción, la legislación española estima que el conductor, tras ser condenado a la pena de privación del derecho a conducir por un tiempo inferior a dos años, como único requisito para poder ejercer la conducción una vez finalizada la condena, es realizar un curso de reeducación y sensibilidad vial y acreditar el interesado que lo ha superado con aprovechamiento.
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