Aprobada la iniciativa para que el Gobierno modifique los baremos de minusvalía de la esclerosis y el párkinson

Las enfermedades llamadas neurodegenerativas, entre las que destacamos el párkinson, la esclerosis múltiple y la esclerosis lateral amiotrófica, son algunas de las que no aparecen en el mencionado Real Decreto como causa de discapacidad.

 Una de cada cuatro personas tendrá una enfermedad mental a lo largo de su vida
Una de cada cuatro personas tendrá una enfermedad mental a lo largo de su vida


  • El grupo parlamentario Podemos CyL ha conseguido el pasadojueves  en la Comisión de Familia e Igualdad poner de acuerdo al Partido Popular y al PSOE para pedir a la Junta de Castilla y León que exhorte al Gobierno de España a modificar el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía, en relación a la baremación del reconocimiento del 33 % de discapacidad tras el diagnóstico de la esclerosis múltiple, párkinson y ELA.
    La iniciativa aprobada  insta además a la Junta de Castilla y León a establecer medidas para atender las necesidades asistenciales a través de las prestaciones sanitarias y sociales oportunas para las personas con enfermedades neurodegenerativas hasta que obtengan el reconocimiento de discapacidad.

    El Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía, es el que establece, desde hace ya casi veinte años, el reconocimiento de los grados de discapacidad. Es evidente que dicho Decreto necesitaría revisar las baremaciones en relación al grado de discapacidad, enfermedades y situaciones que producen discapacidad al haber pasado ya tanto tiempo desde su aprobación y teniendo en cuenta que el avance médico y asistencial avanza a pasos agigantados dando lugar a nuevas situaciones que generan discapacidades de todo tipo.

    En este sentido, las enfermedades llamadas neurodegenerativas, entre las que destacamos el párkinson, la esclerosis múltiple y la esclerosis lateral amiotrófica, son algunas de las que no aparecen en el mencionado Real Decreto como causa de discapacidad. Este hecho tiene consecuencias evidentes para la vida de las personas que lo padecen: desde el no derecho a prestaciones o ayudas, hasta la imposibilidad para acceder a un puesto de trabajo en igualdad de condiciones frente a otras discapacidades una vez obtenido el reconocimiento del mínimo del 33 % de discapacidad.

    El párkinson es una enfermedad neurodegenerativa crónica y progresiva que afecta al movimiento, la coordinación, la destreza muscular y el control postural. Su evolución varía mucho entre unos pacientes y otros, no obstante, la rehabilitación y el tratamiento mejoran sustancialmente la calidad de vida de los y las afectadas. La esclerosis múltiple es una enfermedad del sistema nervioso central, una de las enfermedades neurológicas más comunes que se desarrolla normalmente entre los 20 y 30 años y que produce fatiga, dolor, falta de equilibrio, alteraciones cognitivas y visuales entre otros síntomas. La esclerosis lateral amiotrófica (ELA) es una enfermedad degenerativa de tipo neuromuscular que afecta a las neuronas motoras produciendo una progresiva atrofia de todos los músculos lo que conlleva pérdida de fuerza y masa muscular, calambres, contracciones, dificultades para respirar, tragar y masticar entre otras.

    Es evidente que todas ellas son incapacitantes en menor o mayor grado y dependiendo del estadio de la enfermedad producirán un mayor grado de dependencia que ha de ser baremado en cada momento. Sin embargo, los y las afectadas por estas enfermedades están excluidas del reconocimiento de discapacidad. La Asociación de Esclerosis Múltiple en España ha pedido ya formalmente el reconocimiento del 33 % de discapacidad automático en el momento en que se produce el diagnóstico de la enfermedad.

    Algunas Comunidades Autónomas, como la balear y la canaria, ya han aprobado propuestas para instar al Gobierno de España a que modifique esta cuestión, y otras Comunidades, como el País Vasco, han desarrollado una serie de prestaciones dentro de sus competencias para una mejor atención de los y las pacientes de estas enfermedades para asegurar su calidad de vida.

    Es necesaria la modificación de la baremación para el reconocimiento del grado de discapacidad en dichas enfermedades a nivel estatal. En todo caso, y mientras esto se produce, la Junta de Castilla y León en la asunción de sus competencias autonómicas en sanidad y servicios sociales tiene que garantizar que las personas afectadas en Castilla y León tienen prestaciones y servicios para aumentar su calidad de vida y reforzar su bienestar mientras no sea reconocido su grado de discapacidad articulando para ello las medidas necesarias.


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