La USAL tendrá que adaptar sus menús y las máquinas expendedoras para los celiacos y las personas con alergias

Una resolución del Procurador del Común así lo insta. El estudio salmantino, al igual que el resto de universidades públicas de Castilla y León, ha mostrado su voluntad para ello pero reconoce que aún no está completamente adaptada.

 Campus viriato usal biblioteca
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Una resolución del Procurador del Común insta a las universidades públicas de Castilla y León, entre las que se encuentra la Universidad de Salamanca, a adaptar los menús de sus centros así como las máquinas expendedoras para que las personas con alergias e intolerancias alimentarias, como los celiacos.

Esto se debe a que el Procurador del Común recibió una serie de quejas en las que se aludía a las dificultades con las que se encontraban, precisamente, las personas celiacas que consumían -y consumen- alimentos en las cafeterías y comedores universitarios, ya que rara vez disponen de menús sin gluten adecuados para poder ser consumidos.

El Defensor del Pueblo castellano y leonés apunta, además, que cualquier otra persona con otras intolerancias o alergias presenta similares necesidades, motivo por el que admitió las quejas a trámite y solicitó información a las universidades de Castilla y León, entre ellas Salamanca, comprobando que “aunque existe voluntad en generalizar este tipo de menús adaptados, aún se aprecian carencias en este sentido”.

Por esa razón, se ha instado a las cuatro universidades a que introduzcan en los pliegos de prescripciones técnicas de los contratos de concesión de servicios de cafetería y restauración una serie de requisitos dirigidos a conseguir que la alimentación servida sea variada, equilibrada y adaptada a las necesidades nutricionales de los usuarios del servicio, en particular de los usuarios que presentan intolerancias y alergias alimentarias, como es el caso de las personas celíacas, debiendo ser objeto de especial valoración dichas prescripciones en los criterios de adjudicación de los contratos, así como realizar un efectivo control de su cumplimiento.

Además, el Procurador del Común recomienda que los productos de las máquinas dispensadoras de bebidas y alimentación también respondan a criterios de salubridad, pudiendo establecerse como orientativas todas las recomendaciones contempladas en el Informe sobre el fomento de los hábitos saludables en las Universidades a través de empresas adjudicatarias de los servicios de vending y restauración de 15 de marzo de 2019, que fue aprobado por la Red Española de Universidades Saludables (REUS).

Por último, se ha puesto de manifiesto la necesidad de situar en un lugar visible y destacado información sobre la existencia de menús especiales bajo demanda, con objeto de que puedan ser consumidos por personas con intolerancias y alergias alimentarias.

Cabe recordar que la Constitución Española, en su artículo 43, reconoce el derecho a la protección de la salud, encomendando a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. Del mismo modo, el artículo 13.2 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León reconoce el derecho de todas las personas a la protección integral de su salud, y obliga a los poderes públicos a velar para que este derecho sea efectivo.

La Carta de Ottawa para la promoción de la salud, surgida de la Conferencia celebrada entre el 17 y el 21 de noviembre de 1986, en la que estuvo representada España, ya se refería a la promoción de entornos saludables, particularmente en el ámbito del trabajo y del ocio, y en cualquier contexto social donde las personas desarrollan sus actividades diarias. Las Universidades se constituyen en centros de trabajo y en centros de enseñanza, por lo que las mismas deben adquirir el compromiso de promover la salud, el bienestar y la calidad de vida de las personas que trabajan y estudian en ellas, también a través de la alimentación.

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