¿A qué te compromete la jura de bandera civil? Trece consejos del Ministerio de Defensa para participar en este acto

La Jura de Bandera es uno de los actos más solemnes que existen pero, lejos de lo que algunos puedan creer, este proceso no está reservado exclusivamente al personal militar. Cualquier ciudadano que lo desee puede participar en una Jura civil. La pregunta es... ¿a qué te compromete este acto?

 DGC 130616 jura zamora 06 G
DGC 130616 jura zamora 06 G

1. ¿A qué te compromete la Jura de Bandera civil? 

En la práctica, la Jura civil es la expresión cívica, pública e individual de lealtad hacia España y hacia los españoles. Se trata de un compromiso por defender los intereses colectivos y comprometerse a ello siendo un buen ciudadano. El ciudadano decide por voluntad propia, mostrar ante todos que está decidido a contribuir por el bien común. Es una promesa que el ciudadano se hace a sí mismo y que puede desempeñar en cualquiera que sea su labor en la sociedad, ya sea en el trabajo o con la familia, en el entorno público o privado: pagar sus impuestos como exige la Ley, colaborar con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado cuando la situación lo requiere, comportarse de forma adecuada etc.

 La Jura también puede suponer, dentro de estos valores éticos, el apoyo a la seguridad y la defensa de España. Por este motivo, algunos civiles deciden integrarse el las Fuerzas Armadas como reservistas voluntarios -por tanto, no es una labor obligatoria- que, tras unas prácticas anuales -pueden ser desde una semana hasta un mes- con las Fuerzas Armadas pueden ser requeridos para prestar su experiencia en ciertas operaciones o misiones.

2. ¿Cuál es el origen de la Jura de Bandera? 

Tomar juramento a quien acaba de entrar en el Ejército es una ceremonia que procede de la Antigua Roma. Ya entonces, mediante el 'sacramentum', se convertía -jurídicamente- a un ciudadano en un legionario. En España existen testimonios de estos actos desde la Edad Media, en tiempos de la Reconquista. Mediante el juramento se creaba una relación que no se daba entre el Rey y un súbdito cualquiera, pues el soldado pasaba a percibir del monarca un sueldo y armas y estaba legitimado para usar de la violencia, dentro de unos límites.

Con el paso de los siglos, la ceremonia se ha ido adaptándo al tiempo actual, pero mantiene su esencia. Desde el siglo XIX, y al compás del perfeccionamiento del sistema político en el que el Ejército había dejado de ser 'real' –es decir, defensor de los intereses del 'rey soberano'- para pasar a ser 'nacional' –defensor y protector de los intereses del 'pueblo soberano'-, estas ceremonias se celebraban con toda solemnidad en las calles y plazas más importantes de las ciudades y pueblos.

3. ¿Hay una edad mínima o máxima para participar en la Jura de Bandera? 

Sí, en efecto. Es obligatorio contar, como mínimo, con 18 años de edad, según queda establecido en la orden de Defensa 1445/2004. Otro requisito indispensable es tener la nacionalidad española y no haber sido declarado incapaz por sentencia judicial firme. Por tanto, no se establecen franjas de edades máximas para esta ceremonia. 

4. En su momento fue objetor de conciencia y no hice el Servicio Militar, ¿puedo Jurar la Bandera en un acto civil? 

Por supuesto que sí. Como se ha dicho, cualquier ciudadano que lo desee puede participar en este solemne acto de lealtad hacia España. No haber hecho el servicio militar obligatorio -cuando así estaba establecido- no impide ser partícipe de este acto. 

5. ¿Hay alguna diferencia entre jurar y prometer? 

Históricamente se relacionaba el concepto 'jurar' a un carácter religioso, pues se juraba ante Dios, mientras que el 'prometer' se relacionaba más con algo aconfesional o meramente civil. Sin embargo, desde el año 2007 este debate ya no existe. Anteriormente se respondía "Sí, juro" o "Sí, prometo", pero esto quedó subsanada con la 'nueva fórmula de pregunta que dice así: "¡Españoles! ¿Juráis o prometéis por vuestra conciencia y honor guardar la Constitución como norma fundamental del Estado, con lealtad al Rey y, si preciso fuera, entregar vuestra vida en defensa de España?". "Sí, lo hacemos", es la respuesta válida.

6. ¿Hay que besar la Bandera Nacional? ¿Ocurre algo si no se hace?

El beso a la bandera es un gesto simbólico que supone sellar el compromiso con España. Sin embargo, puede ocurrir que los nervios generen un lapsus momentáneo pero... ¡no lo dudes, besa la bandera!

7. ¿Qué diferencia principal hay entre el acto civil y el militar?

Por un lado en el juramento militar se cita a los 'soldados' y no a los 'españoles' en general. Además de eso, en el caso de los militares, el acto de juramento o promesa ante la Bandera de España se divide en dos partes, mientras que el de los civiles se reduce sólo a una. Los militares después de prestar juramento o promesa y pasar de a uno para besar la Bandera, desfilan de a tres bajo el arco formado por la Bandera y el sable de la autoridad militar que les ha tomado el juramento -normalmente el jefe de la Unidad en la que se desarrolla el acto-. Este es un gesto que representa la aceptación por parte de España del compromiso de los militares. En el caso de los civiles, solamente se realiza el paso de a uno frente a la Bandera. 

8. ¿Se puede repetir la Jura de Bandera? 

Por Orden DEF/8/2017, de 9 de enero, en su punto 3, dice: La unidad organizadora, una vez celebrado el acto de juramento o promesa, remitirá a las Delegaciones o Subdelegaciones de Defensa correspondientes, para su inclusión en el Registro centralizado de los españoles que hayan prestado juramento o promesa ante la Bandera de España (REJUPROES), la relación nominal de aquellos que hayan ejercido este derecho.» y en el 2 establece que : Para que no desmerezca la importancia y trascendencia del acto, entre la fecha del juramento o promesa inicial y su renovación deberá mediar un lapso de tiempo de, al menos, veinticinco años. Solamente en circunstancias extraordinarias, apreciadas motivadamente por el titular del órgano responsable del REJUPROES, se podrá autorizar la renovación del juramento o promesa sin necesidad de cumplir dicho plazo. 

9. ¿Puedo realizar la Jura de Bandera civil con la Armada, el Ejército de Tierra y el Ejército del Aire? 

Una vez más sí. Las Fuerzas Armadas organizan su calendario de Jura de Bandera sin poner trabas a quienes deseen participar en uno u otro acto. De esta manera, un civil puede, por ejemplo, participar en una Jura con la Armada en el año 2011 y tiempo después repetir con ellos si así lo estima conveniente o con otro ejército.

10. ¿Qué tipo de ropa hay que llevar?

Todo depende de la hora y el lugar de la Jura de Bandera, pero debe representar la solemnidad del acto. En cualquier caso, por regla general, se pide que los hombres vayan de traje oscuro y las mujeres de traje corto, tal y como se suele informar en las instrucciones que hacen llegar las Delegaciones de Defensa a los inscritos en una Jura civil. Se pide, sobre todo, sentido común. Por regla general no se rechaza a nadie ni se le impide prestar juramento o promesa por su indumentaria, pero conviene seguir cierto protocolo a la hora de vestir. Para culaquier duda extra, llamar a la Delegación o Subdelegación de Defensa de tu provincia.

11. ¿Puedo llevar invitados para que me vean Jurar la Bandera? 

Si. Se suelen disponer de una serie de acotados desde donde los acompañantes del jurando pueden ver el acto. Al realizarse la Jura en un espacio Público no hay mas restricciones que las que la Autoridad competente pueda determinar.

12. ¿Cuáles son las próximas fechas para la Jura de Bandera civil?

El siete de junio en la plaza de la Marina Española en Zamora y el once de octubre en Fuentesaúco

13. ¿Cómo puedo apuntarme a la Jura de Bandera civil? 

Todos los interesados podrán apuntarse a través de la subdelegación de Defensa de Zamora, o en cualquiera de las delegaciones repartidas en territorio nacional.Además, aquellos españoles que se encuentren fuera del territorio nacional podrán apuntarse a través de los consulados o las embajadas del país en el que se encuentren. Además, se podrá realizar la inscripción en el portal web del ministerio de Defensa únicamente si se tiene la firma electrónica habilitada

Tienes que iniciar sesión para ver los comentarios

Lo más leído