Investigación abierta para averiguar si las manifestaciones del 8-M fueron un delito

La denuncia iba dirigida también contra el presidente del Gobierno, pero debido a su aforamiento la magistrada insta al denunciante a acudir al Supremo.

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La titular del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid, Carmen Rodríguez-Medel, ha acordado este miércoles investigar al delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, por un presunto delito de prevaricación administrativa y lesiones por imprudencia profesional por permitir el pasado 8 de marzo la marcha por el Día Internacional de la Mujer, pese a las advertencias que días antes hizo el Centro Europeo para el control y prevención de enfermedades sobre el riesgo de contagio por coronavirus.

El abogado Víctor Valladares presentó la semana pasada una denuncia que iba dirigida, en primer lugar, contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y los delegados de Gobierno de las diferentes comunidades autónomas, así como Ceuta y Melilla por no haber prohibido concentraciones multitudinarias celebradas entre el 5 y el 14 de marzo de este año, cuando se decretó el estado de alarma.

Tras estudiar dicha denuncia, la magistrada instructora ha incoado diligencias previas respecto al delegado de Gobierno en Madrid, al ser el único sobre el que tiene competencia. En este sentido, insta al denunciante a que, si lo estima oportuno, traslade la denuncia ante los órganos competentes.

En el caso del presidente del Gobierno sería ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, debido a su aforamiento, mientras que el resto de delegados de Gobierno deberían responder ante los órganos judiciales de sus comunidades autónomas.

La denuncia relata que en la Comunidad de Madrid hubo "77 reuniones multitudinarias" desde que el Centro Europeo para el control y prevención de enfermedades emitiera el 2 de marzo de 2020 su informe sobre el COVID-19.

La juez Rodríguez-Medel señala en su auto que el denunciante no señala "ni promotores ni otros detalles que pudieran ser relevantes" para la investigación. También plantea una serie de interrogantes sobre si dicho informe fue remitido "oficialmente" a España o a la Delegación del Gobierno, en qué fecha se hizo, y si en él se instó oficialmente a prohibir dichas concentraciones.

Asimismo, también plantea la duda de si "se dio orden expresa al delegado del Gobierno de Madrid de no prohibir las manifestaciones al margen de cualquier consideración sanitaria" y si "se adoptó alguna medida de prevención por parte de la Delegación del Gobierno".

Aún así, la juez instructora afirma que "no se aprecia" en esta fase inicial del procedimiento que los hechos denunciados no tengan encaje penal, aunque cuestiona, "sin tampoco descartarlo", que sean constitutivos de un delito de prevaricación administrativa o de lesiones por imprudencia profesional.

Así las cosas, Rodríguez-Medel, que recuerda que el derecho de manifestación es un derecho constitucional, hace un repaso en su auto de la jurisprudencia y destaca que el Tribunal Constitucional dictaminó que la prohibición de la manifestación puede basarse no sólo cuando haya una alteración del orden público, sino cuando ocurra una "desproporcionada perturbación de otros bienes o derechos protegidos por nuestra Constitución".

Concluye así que se podía "legalmente prohibir la manifestación por razones sanitarias", siempre y cuando en el momento de la decisión gubernativa, "no a posteriori", se tuvieran suficientes datos objetivos de un riesgo para la vida e integridad física de las personas.

Con todo ello, la juez Rodríguez-Medel ha ordenado una batería de diligencias de investigación a la Guardia Civil y al médico forense adscrito al juzgado, con la expresa advertencia de que "no son urgentes" y que deberán practicarse cuando el estado de alarma lo permita.

Así, pide al médico forense que emita un informe sobre si las manifestaciones que tuvieron lugar en Madrid entre el día 5 y 14 de marzo de 2020 "fueron susceptibles de causar un riesgo evidente para la vida e integridad física de las personas". En caso positivo, solicita que explique si tal circunstancia era "científicamente notoria con carácter previo a su celebración", así que aporte si hay datos que evidencien que tal daño se materializó.

Asimismo, solicita a la Guardia Civil que elabore un atestado sobre el "curso dado" al informe del Centro Europeo para el control y prevención de enfermedades para conocer qué órgano oficial español recibió dicho documento, qué difusión se hizo del mismo entre las autoridades y, concretamente, si se remitió a la Delegación del Gobierno en Madrid.

La magistrada también quiere saber si por parte de las autoridades competentes españolas se remitieron recomendaciones sanitarias a la Delegación del Gobierno en Madrid en relación con las manifestaciones programadas desde el 5 de marzo o si, por el contrario, se dio algún tipo de instrucción o indicación escrita relativa a que las concentraciones deberían tener lugar en todo caso sin restricción alguna.

Por último, la juez instructora pide también una relación de todas las comunicaciones hechas a la Delegación del Gobierno para ver si llegaron advertencias sobre las consecuencias sanitarias y si éstas fueron valoradas o analizadas.

A esto añade, recabar la posible información que se pueda incorporar sobre si autoridades competentes, promotores de las manifestaciones, o por la Delegación del Gobierno, avisaron de los posibles riesgos sanitarios que conllevaba acudir a las concentraciones, "de modo que los asistentes aceptaran la autopuesta en peligro", y si suministraron medidas de prevención a los manifestantes, como guantes o mascarillas u otras.

Esta denuncia no es la única que hay contra José Manuel Franco, pues el secretario general del sindicato Manos Limpias, Miguel Bernad, también ha dirigido acciones penales contra el delegado del Gobierno al entender que pudo haber puesto en grave riesgo la salud de los ciudadanos al autorizar la manifestación del 8 de marzo. De admitirse, esta denuncia podría acumularse a esta investigación recientemente abierta.

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