Pescadores que hayan abonado permisos de pesca para estas fechas podrán solicitar la devolución de los importes

Medio Ambiente recuerda que está prohibido pescar durante el estado de alarma.

 Concurso Internacional Pesca. Archivo
Concurso Internacional Pesca. Archivo

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente recordaba este sábado mediante un comunicado que durante la vigencia del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma, está limitada la libre circulación de personas, incluso para la realización de actividades recreativas y de ocio.

Por ello advierte que no se puede pescar en ninguna masa de agua pescable (aguas de acceso libre, cotos de pesca, escenarios deportivo-sociales, aguas de pesca privada o aguas en régimen especial), recordando que el incumplimiento o la resistencia a las órdenes dadas por las autoridades o por sus agentes podrán ser objeto de sanción en los términos recogidos en el mismo y conforme a la normativa vigente.

En Zamora ya se dio un caso de un zamorano que fue sancionado por pescar en el Duero durante el estado de alarma.

Igualmente, apunta que aquellos pescadores que hayan abonado permisos de pesca correspondientes a las fechas de vigencia de estado de alarma podrán solicitar la devolución de los importes en un plazo máximo de tres meses desde la finalización de la vigencia del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

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