Los trabajadores afectados por ERTEs en Zamora se acercan ya a los 7.000

Las solicitudes de ERTEs ante la Junta alcanzan las 29.695 con 165.567 trabajadores potencialmente afectados en Castilla y León.

 Obra obrero paro desempleo seguridad
Obra obrero paro desempleo seguridad

La Junta ha recibido 29.695 solicitudes de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs) de empresas con centro/s de trabajo en Castilla y León desde el lunes, 16 de marzo, hasta las 14 horas de hoy martes, día 7 de abril, en el contexto de la crisis del coronavirus COVID-19. Estos expedientes afectan a un número potencial de 165.567 trabajadores en la Comunidad.

La Junta detalla el cómputo de los ERTEs que constan como presentados a efectos administrativos ante las nueve Oficinas Territoriales de Trabajo (OTT) y la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería de Empleo e Industria. En el caso de la provincia de Zamora son 1.934 ERTEs presentados que afectan a 6.822 trabajadores.

La Junta de Castilla y León, a través de Consejería de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior, facilita una visualización de la evolución de los ERTEs recibidos por la autoridad laboral en la Comunidad y su impacto potencial sobre el empleo en el contexto de la crisis del coronavirus COVID-19.

Conforme a la normativa vigente, la autoridad laboral competente para tramitar estos expedientes de regulación es:

- Las OTT de Castilla y León, cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en una provincia.

- La Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Junta, en tres supuestos: cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en el territorio de una provincia, pero tenga más de 200 trabajadores afectados; cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en el territorio de dos o más provincias de Castilla y León; y finalmente cuando el procedimiento afecte a trabajadores que desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo situados en el territorio de dos o más comunidades autónomas, pero el 85 % de la plantilla de la empresa, como mínimo, radique en el ámbito territorial de Castilla y León y existan trabajadores afectados en la misma.

- El Ministerio con competencias en el ámbito laboral, cuando la empresa disponga de centros de trabajo en dos o más comunidades autónomas.

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