​Así serán los entierros y ceremonias en Zamora con las nuevas medidas para hacer frente al coronavirus

Cómo serán los velatorios, entierros, lugares de culto, ceremonias nupciales y otras celebraciones religiosas o civiles

 Fallecidos
Fallecidos

El Obispado de Zamora ha dado a conocer de forma detallada cómo serán los velatorios, entierros, lugares de culto, ceremonias nupciales y otras celebraciones religiosas o civiles tras la aprobación de las nuevas medidas de la Junta de Castilla y León para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 y que entran en vigor a partir de esta noche.

Así, el Obispado de Zamora detalla todos los aspectos sobre las mismas:

Velatorios y entierros

1. Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas. Se establece un aforo máximo del 50% en estos establecimientos.

2. Deberán establecerse las medidas necesarias para mantener la distancia de seguridad interpersonal en las instalaciones

3. La participación en la comitiva para el enterramiento de la persona fallecida se restringe a un máximo de 50 personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, la persona que oficie el acto de despedida del difunto.

Lugares de culto

1. La asistencia a lugares de culto no podrá superar el 50% de su aforo.

2. Deberán establecerse las medidas necesarias para mantener la distancia de seguridad interpersonal en las instalaciones

3. La utilización del exterior de los edificios o de la vía pública para la celebración de actos de culto deberá ser autorizada por la autoridad competente.

Ceremonias nupciales y otras celebraciones religiosas o civiles

1. En el caso que estas ceremonias o celebraciones se lleven a cabo en lugares de culto, deberán aplicarse las reglas de aforo y las medidas de higiene y prevención en la celebración de actos de culto religioso recogidas específicamente en este Plan

2. Deberán establecerse las medidas necesarias para mantener la distancia de seguridad interpersonal en las instalaciones

3. En el caso de que estas ceremonias o celebraciones se lleven a cabo en otro tipo de especie o institución, pública o privada, se debe respetar la distancia de seguridad entre personas o grupo de personas convivientes, sin superar un máximo del 50% de su aforo y, en todo caso, un máximo de 150 personas en espacios al aire libre o de 100 personas en espacios cerrados. Estas prescripciones están sujetas a posibles modificaciones conforme puedan darse cambios en las instrucciones dadas por la autoridad.

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