El martes concluye el plazo de presentación de solicitudes de ayudas económicas para empresas zamoranas frente a la COVID

Los empresarios pueden solicitar subvenciones para financiar cuotas a la Seguridad Social y sistemas de protección colectiva frente a la COVID.

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La Consejería de Empleo e Industria tiene abierto el plazo de solicitudes de ayudas a los empresarios castellano y leoneses hasta el próximo martes, día 26 de enero, para financiar cuotas a la Seguridad Social, así como los sistemas de protección colectiva frente a la COVID-19. Se trata de contribuir con estas ayudas económicas, que la Junta de Castilla y León ha puesto a disposición de las empresas, para paliar las pérdidas económicas provocadas por la pandemia, garantizando que todos los afectados tengan acceso a las mismas.

Las ayudas para financiar las cuotas a la seguridad social, que se pueden solicitar hasta el próximo 26 de enero, están las dirigidas al abono de una cantidad equivalente al pago de la cuota empresarial a la seguridad social por contingencias comunes de los trabajadores, durante el periodo comprendido entre el 14 de marzo de 2020 y el 31 de octubre de 2020.

Podrán solicitar esta ayuda las empresas de menos de 100 trabajadores que hayan estado o estén en expediente de regulación temporal de empleo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o por fuerza mayor, durante al menos 45 días en el periodo comprendido entre el 14 de marzo y el 31 de octubre del pasado año.

Esta medida, que pueden alcanzar los 3.500 euros por solicitante, tiene dos líneas de ayuda, una de ellas dirigida exclusivamente al sector de la hostelería y otra dirigida a las empresas de sectores distintos al de la hostelería pero igualmente afectados por la crisis del COVID-19, tales como gimnasios, comercios, transporte etc.

Ayudas para financiar sistemas de protección colectiva frente a la COVID-19

Igualmente, hasta el próximo 26 de enero, está abierta la convocatoria para solicitar las subvenciones destinadas a sufragar los gastos realizados por las empresas en sistemas y equipos de protección colectiva frente a la COVID-19.

En este caso las empresas podrán obtener una ayuda equivalente al 80 % de los gastos que hayan realizado en la adquisición de equipos y sistemas de protección como los gastos en la adquisición de productos de desinfección.

En concreto, serán subvencionables los elementos de señalización, delimitación y separación de zonas como mamparas, barreras de separación, cinta delimitadora, malla de seguridad cartelería, pegatinas o vinilos; los equipos para determinación de temperatura; los elementos para la higiene y desinfección como dispensadores, dosificadores, pulverizadores, bobinas secamanos, bayetas, contendedores y papelera o felpudos desinfectantes; los productos químicos de limpieza y desinfección que contenga etanol, peróxido de hidrógeno o hipoclorito de sodio, así como los virucidas autorizados por el Ministerio de Sanidad; igualmente, serán financiables los gastos de mantenimiento y mejora del sistema de climatización y ventilación de edificios y locales destinados a evitar la propagación del COVID-19. No se incluyen entre los gastos financiables los equipos que generan ozono in situ o con radiación ultravioleta y otras sustancias químicas sobre personas.

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