Así a un conductor al que se le exige una deuda por impago de peajes por un importe de sólo 4,42 euros, la concesionaria está reclamando una deuda total de 211,42 euros, esto es, una penalización 48 veces superior al importe del peaje. En otro caso, a una gran empresa de transporte que presuntamente adeuda 1.034,28 euros en concepto de peaje, se le exige una penalización por importe de 21.583,53 euros. Según las comprobaciones realizadas por la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) en relación a las reclamaciones remitidas a los transportistas españoles, las mismas adolecen de importantes defectos y errores, lo que hace aconsejable no abonar la reclamación exigida sino recurrirlas administrativamente.
Así, entre los defectos detectados se encuentran los relativos a la exigencia por parte de Brissa de importes de peajes a transportistas que no eran titulares del vehículo objeto del presunto impago; dicho error es debido a que Brissa está tomando como referencia para remitir las reclamaciones la información que obtienen sobre la titularidad del vehículo en la fecha actual que consta en el Registro de la Dirección General de Tráfico, sin tener en cuenta las posibles transmisiones que dicho vehículo haya podido tener con anterioridad. Asimismo se han detectado errores debidos a la avería o falta de lectura adecuada de la matrícula del vehículo que presuntamente no ha abonado el peaje, imputando tal falta de pago a otra empresa transportista, lo que sitúa a los transportistas en una situación de indefensión frente a las reclamaciones recibidas.
Por ello, Fenadismer, a través de sus asociaciones territoriales, ha puesto en marcha un servicio de asistencia jurídica para atender todas las reclamaciones que reciben los transportistas españoles por parte de la concesionaria lusa de autopistas, para de este modo proceder a la paralización del expediente de reclamación de los peajes impagados e impedir la posible inmovilización de los vehículos al circular por las carreteras lusas.
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