Desde este martes 15 de septiembre, los operadores de telefonía móvil comenzarán a bloquear los SMS, MMS y RCS comerciales que utilicen como remitente un alias que no figure en el registro oficial de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).
La medida afecta a empresas, comercios, administraciones públicas y otras organizaciones que envíen mensajes identificados con su marca, nombre comercial, denominación social o dominio.
El objetivo es reforzar la protección de los usuarios frente a las estafas de suplantación de identidad, conocidas como smishing, en las que los delincuentes hacen pasar sus mensajes por comunicaciones de bancos, aseguradoras, empresas de transporte u otros servicios legítimos.
Los operadores deberán bloquear los mensajes que utilicen alias no registrados en la base de datos oficial de la CNMC. También deberán impedir aquellos que procedan de proveedores de mensajería no registrados o que utilicen identificadores sin la autorización correspondiente.
En la práctica, una empresa que quiera enviar un SMS identificado con el nombre de su marca tendrá que haber registrado previamente ese identificador. Los alias no podrán utilizarse hasta que su inscripción sea efectiva.
Las entidades que no hayan completado el trámite podrán seguir enviando comunicaciones, pero sin utilizar el alias que identifica a la empresa como remitente.
Los identificadores omitidos o de nueva creación podrán registrarse posteriormente. El sistema permite además tramitar modificaciones, suspensiones, reactivaciones y cancelaciones de los alias.
El nuevo registro busca que los usuarios tengan mayores garantías de que un SMS recibido procede realmente de la entidad que aparece como remitente.
La base de datos recoge los identificadores alfanuméricos utilizados en comunicaciones dirigidas a números españoles. La inscripción puede realizarla el titular del alias o un proveedor de mensajería que actúe en su nombre, siempre que acredite su vinculación con la marca o el dominio y cumpla las condiciones técnicas.
La iniciativa forma parte del Plan Antiestafas del Gobierno, que contempla distintas medidas para reforzar el bloqueo de llamadas y mensajes fraudulentos y reducir la suplantación de empresas e instituciones.
Las medidas incluyen las comunicaciones dirigidas a números españoles desde empresas extranjeras no inscritas en España. Los operadores deberán bloquearlas, salvo cuando el destinatario se encuentre en situación de roaming.
El registro de alias quedó formalmente constituido el 28 de marzo. Posteriormente, el Gobierno anunció que la base de datos gestionada por la CNMC estaría operativa desde el 7 de junio.
La entrada en vigor del bloqueo obligatorio se fija finalmente para el 15 de septiembre de 2026, después de una modificación del calendario solicitada por el Ministerio.
Con esta medida se despliega uno de los últimos mecanismos del Ejecutivo para combatir las estafas telefónicas y por SMS, especialmente aquellas que utilizan la imagen de empresas e instituciones para intentar obtener datos personales, bancarios o credenciales de los usuarios.



