El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles los dos reales decretos de vivienda aprobados de nuevo ayer por el Consejo de Ministros, después de que las mismas medidas fueran rechazadas la semana pasada en el Congreso. Uno de los decretos entrará en vigor este jueves, mientras que el que contempla la prórroga forzosa de los contratos de alquiler queda condicionado a su convalidación parlamentaria.
Este segundo decreto establece inicialmente el 15 de noviembre como fecha de entrada en vigor. Sin embargo, el Gobierno reconoce que actualmente no cuenta con una mayoría suficiente para sacarlo adelante, por lo que su aplicación dependerá de que la Diputación Permanente del Congreso lo revalide antes de esa fecha.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, explicó este martes que el Ejecutivo ha introducido algunos cambios respecto a los decretos que decayeron la semana pasada, aunque mantiene la estructura y buena parte de las medidas previstas inicialmente.
Entre las novedades destaca el mecanismo denominado "Tu Casa", una línea de préstamos gestionada por el Instituto de Crédito Oficial (ICO) y dotada con 10.000 millones de euros, con créditos de hasta 50.000 euros destinados a facilitar el acceso a la primera vivienda.
La medida está dirigida a personas y familias con ingresos suficientes para afrontar una hipoteca, pero sin ahorro suficiente para hacer frente a la entrada. El Gobierno plantea además que tenga carácter intergeneracional y, por tanto, no quede restringida exclusivamente a los jóvenes.
Los dos reales decretos reúnen un total de 21 medidas destinadas a facilitar el acceso al alquiler y a la compra de vivienda, incrementar la oferta y reforzar la protección de los inquilinos.
Entre las nuevas medidas figura también un fondo de impacto social de 400 millones de euros para financiar la promoción de vivienda por parte de proveedores sociales y favorecer la creación de vivienda destinada al alquiler asequible.
Más controles sobre los fondos de inversión
El nuevo texto amplía además la definición de los denominados fondos "buitre" y endurece las condiciones y excepciones aplicables a las operaciones de compra especulativa de vivienda.
En materia de alquiler, los anuncios y ofertas de viviendas deberán incorporar determinada información en las zonas donde se aplique la Ley de Vivienda y existan zonas tensionadas. Entre otros datos, deberán incluir el índice de referencia del precio del alquiler, el límite de renta que resulte aplicable y, cuando corresponda, la condición de gran tenedor del propietario.
El decreto mantiene asimismo el marco regulatorio relativo a los desahucios de pequeños propietarios e incorpora el pago por parte de las administraciones públicas de las posibles costas procesales e intereses moratorios cuando corresponda.
Por último, las viviendas pertenecientes a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) quedarán adscritas a la empresa pública Casa 47 con el objetivo de incorporarlas al parque de alquiler asequible.



