El Ayuntamiento de Peleas de Abajo ha aprobado definitivamente la ordenanza municipal que regula el uso de las barbacoas de titularidad municipal ubicadas en el casco urbano, después de que durante el periodo de exposición pública no se presentara ninguna reclamación.
La normativa, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora, tiene como objetivo compatibilizar el uso recreativo de estas instalaciones con la seguridad de las personas, la prevención de incendios, la protección del medio ambiente y la convivencia vecinal.
Entre las principales novedades se encuentra la regulación de los horarios. Las barbacoas podrán utilizarse entre las 9:00 y las 23:00 horas, aunque el Ayuntamiento podrá modificar temporalmente este horario por razones de seguridad, interés público o convivencia.
Solo carbón vegetal como combustible
La ordenanza establece que únicamente podrán utilizarse carbón vegetal o briquetas destinadas específicamente a este uso. Queda prohibido emplear gasolina, alcohol, disolventes, combustibles líquidos inflamables, residuos, plásticos, neumáticos, palés, leña, restos vegetales o cualquier otro combustible no autorizado.
Los usuarios deberán además vigilar el fuego durante todo el tiempo que permanezca encendido, disponer de agua u otro medio eficaz de extinción y mantener libre de materiales combustibles el entorno de la barbacoa.
También será obligatorio apagar completamente las brasas antes de abandonar las instalaciones, depositar los residuos en los lugares habilitados y dejar el espacio en condiciones adecuadas de limpieza.
La normativa prohíbe igualmente encender fuego fuera de las barbacoas habilitadas, arrojar brasas o cenizas sin extinguir, dañar las instalaciones municipales, utilizar petardos o elementos pirotécnicos y generar molestias graves por humo, ruido o comportamientos incívicos.
Suspensión cuando exista riesgo de incendio
Uno de los apartados destacados de la ordenanza es el relativo a las situaciones de riesgo de incendios. El uso de las barbacoas quedará automáticamente prohibido cuando exista una prohibición establecida por la Junta de Castilla y León, durante situaciones de alerta, alarma o emergencia por riesgo de incendios o cuando las autoridades adviertan de un riesgo extremo o muy alto.
La suspensión también podrá aplicarse cuando se registren vientos fuertes u otras circunstancias meteorológicas que incrementen el riesgo de propagación del fuego.
Asimismo, la Alcaldía podrá acordar el cierre temporal de las instalaciones por motivos de seguridad, mantenimiento o interés público.
Multas de hasta 3.000 euros
El Ayuntamiento también establece un régimen sancionador en función de la gravedad de las infracciones.
Las infracciones leves, como no mantener limpia la instalación, depositar residuos fuera de los lugares habilitados o incumplir los horarios, podrán conllevar multas de hasta 150 euros.
Las infracciones graves, entre ellas utilizar combustibles prohibidos, encender fuego fuera de las zonas autorizadas, dañar las instalaciones municipales o incumplir una orden de suspensión, podrán ser sancionadas con multas de 151 a 750 euros.
Por último, las infracciones muy graves, como utilizar las barbacoas durante periodos de prohibición por riesgo de incendio, provocar un incendio por negligencia o causar daños graves a personas o bienes, podrán alcanzar los 3.000 euros de multa.
La ordenanza entrará en vigor durante la jornada de mañana jueves 13 de agosto.



