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COAG-Zamora presenta su oposición a la solicitud para incrementar el límite máximo de rendimiento para la variedad Tinto de Toro

Esta propuesta no va en sintonía con lo que se viene realizado en otras D.O.P. como Ribera de Duero, Rueda, Rioja o Cava, que limitan el incremento de capacidad productiva, restringiendo autorizaciones de replantación, así como tampoco con la restricción normativa del Ministerio que insta a los Consejos Reguladores a garantizar el cumplimiento del límite de rendimiento máximo establecido, afirman.

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El pasado 23 de abril se publicó en el BOE la solicitudde modificación normal del Pliego de Condiciones de la DOP “Toro” presentadapor el Consejo Regulador el pasado 30 de marzo de 2020, entre cuyas propuestas,y de forma principal, se encuentra la de incrementar un 25% el rendimientomáximo por hectárea para la variedad Tinta de Toro, al pasar de los 6.000 kg/haactuales, a los 7.500 Kg/ha propuestos. Dicha decisión de modificación fueadoptada en el seno del Consejo Regulador con la oposición de los vocales delsector productor en representación de COAG.

Lapropuesta de modificación que realiza el Consejo carece de riguroso estudiotécnico justificativo y de mercado, no se analiza la situación de partida, nilas consecuencias que de esta propuesta se deriva, no solo para el sectorelaborador, sino también para el productor, con más de 1.000 viticultoresinscritos. No se justifica la necesidad o idoneidad del incremento, ni en loreferido a la calidad del producto, ni en las consecuencias sobre mercado, etc.Estudios al respecto existen que justifican que un incremento en la producciónva en detrimento de la calidad, y así lo avala el hecho de que la uva que secomercializa fuera de la D.O.P. procede de viñedos de mayor rendimiento debidoa su menor calidad.

COAG– Zamora no encuentra justificación sobre esta propuesta, más allá de losintereses  particulares de determinadasbodegas, productoras también de uva, pues los datos no avalan dicha solicitud.Así, el volumen medio de producción de uva de la variedad tinta de Toro sesitúa en aproximadamente 18,5 MM de Kgs, para una superficie media de 5.150hectáreas, por lo que la media de rendimiento se sitúa en los 3.600 kg/ha.Tampoco justifica dicha solicitud de incremento el dato de que el 40% de laproducción de uva en la D.O.P. no iría amparada por contraetiquetas,aproximadamente 8 MM kg de los 20 MM de producción histórica media.

También señalan que el propio reglamento ofrece la posibilidad de incrementar loslímites máximos hasta el 15% en determinadas campañas, siempre con estudiojustificativo de que no afecta a la calidad de la uva. Este incrementopotencial hasta los 6.900 kg/ha para la tinta de Toro entendemos es suficientepara campañas específicas de mayor rendimiento, siempre que ello no menoscabela calidad. Contradictorio parece que el Consejo Regulador no adoptase estamedida de forma coyuntural en el año 2018, campaña de elevada producción, ypretenda establecerla ahora con un incremento de hasta el 25%, y ya de formaestructural.

DesdeCOAG – Zamora tampoco comparten la justificación del incremento propuesto deque va a suponer un incremento en la rentabilidad de los viticultores, sinoposiblemente lo contrario. Un exceso en la oferta de uva, arrastrará a unadisminución del precio percibido por el viticultor, incluso generará excedentessin salida comercial alguna.

Espor todo ello, y amparados en la regulación que realiza el reciente R.D.557/2020 por la que se insta a los Consejos Reguladores a adoptar decisionesencaminadas a reducir la producción, y/o garantizar los rendimientos máximosadmitidos, por lo que desde COAG – Zamora se ha presentado declaración deoposición a la mencionada solicitud de modificación del Pliego de Condicionesde la D.O.P. en lo referido al incremento de los rendimientos máximos porhectárea de la variedad Tinta de Toro, por entender no hay razones productivas,ni de mercado que la avalen. Y ello en sintonía con la petición realizada porlos vocales de COAG en el seno del Consejo Regulador.

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