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Publicadas las ayudas para trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo

Se incluyen aquellos trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo de suspensión de contratos de trabajo o reducción de la jornada o que hayan agotado el derecho a percibir la prestación contributiva por desempleo.

Casi tres cuartas partes de los trabajadores dicen estar satisfechos con su empleo

Este pasado miércoles, el Boletín Oficial de Castilla y León ha publicado la convocatoria de las ayudas destinadas a los trabajadores. Por una parte, se podrán beneficiar los trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo de suspensión de contratos de trabajo o reducción de jornada, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción; cuando el expediente de regulación de empleo afecte a un máximo de 300 trabajadores en cada centro de trabajo; que estas suspensiones se hayan hecho efectivas a lo largo del período al que se hace extensiva la ayuda; que las retribuciones mensuales, excluida la parte proporcional de pagas extraordinarias, no supere los 2.500 euros mensuales; que la suspensión de los contratos tenga una duración de al menos 25 días dentro del periodo subvencionable.

La cuantía de estas ayudas se fijará en 7 y 10 euros por jornada completa efectiva de suspensión de contratos. La duración máxima por trabajador será de 180 jornadas completas de suspensión cuando el expediente de regulación de empleo sea por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. En el supuesto del expediente de regulación de empleo por causa de fuerza mayor no se aplicará la duración máxima. El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 10 de octubre de 2018.

Ayudas para trabajadores afectados por expedientes de regulación que hayan agotado el derecho a prestación contributiva por desempleo

Por otra parte, también se han publicado estas ayudas, de las que se podrán beneficiar los afectados por uno o varios expedientes de regulación de empleo de suspensión de contratos de trabajo, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o derivadas de fuerza mayor o en virtud de resolución judicial adoptada en el seno de un procedimiento concursal; que el expediente de regulación de empleo sea de un mínimo de 12 meses y que el derecho a percibir la prestación contributiva por desempleo se extinga en algún momento del período subvencionable.

La cuantía de la ayuda será la correspondiente al salario mínimo interprofesional diario, con el límite máximo por cada mes natural completo de suspensión de la cantidad correspondiente al salario mínimo interprofesional mensual.

La duración máxima de la ayuda será equivalente a 180 días. Excepcionalmente, cuando se trate de trabajadores procedentes de empresas mineras radicadas en los municipios mineros de Castilla y León afectados por la reestructuración de la minería del carbón; la duración inicial de la ayuda podrá ser objeto de prórroga por un plazo adicional de seis meses máximo.

El plazo de presentación de solicitudes será desde el 19 de abril hasta el 14 de septiembre de 2018.

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