El Procurador del Común a iniciado una actuación de oficio para defender un “equilibrio” entre el fomento y promoción de las energías renovables (en especial la generada por la luz solar) y el mantenimiento y desarrollo del sector primario en el medio rural en Castilla y León. “Algunas organizaciones agrarias han venido expresando sus reservas en relación con el creciente número de solicitudes y las eventuales consecuencias negativas que la proliferación de estas instalaciones puede suponer principalmente para la agricultura”, explican desde la institución.
Entre las recomendaciones que desde el Procurador del Común se han trasladado a la Administración autonómica, recomiendan que en relación con todos los proyectos de instalación fotovoltaica que se promuevan (con independencia de que la potencia sea inferior o superior a 50 MW), las resoluciones que se dicten en los expedientes de autorización de uso excepcional en suelo rústico para la instalación de plantas de producción de energía solar fotovoltaica impidan, con carácter general, su implantación en suelos rústicos que dispongan de algún tipo de protección reconocida.
En esa misma línea, también se recomienda que se niegue la autorización de uso excepcional en suelo rústico para la generación de energía solar en aquellos terrenos que hayan recibido algún tipo de inversión pública; por ejemplo, para la construcción de infraestructuras de regadío y/o la modernización de las explotaciones agrarias existentes.
En el caso de los proyectos de generación de energía fotovoltaica que se pretendan instalar en terrenos de propiedad de ayuntamientos o juntas vecinales, aconseja a las diputaciones que, en aquellos expedientes que sea necesaria la autorización de la institución provincial, señaladamente tratándose de terrenos comunales, se asegure de que se están cumpliendo los requisitos exigidos en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. “Contrariamente, en caso de que la entidad local titular de los terrenos de naturaleza comunal no acredite la inviabilidad del uso primario, la Diputación provincial debería denegar la autorización solicitada”, detallan en un comunicado recogido por Ical.
Ese mismo criterio, la viabilidad o no del uso primario de los terrenos, debe guiar las decisiones que adopte la entidad local respecto de los que tengan naturaleza patrimonial en el momento de decidir sobre el eventual cambio de uso de aquellos en favor de la cesión para la producción de energía fotovoltaica.
La actuación responde al incremento de solicitudes para la instalación de parques de producción de energía solar, en el marco de las nuevas directrices marcadas por el reciente Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 en favor de las energías renovables, y las previsiones de orden temporal dispuestas por el Real Decreto-Ley 23/2020, de 23 de junio, en cuanto a las fechas límite previstas para la presentación y tramitación de las solicitudes.



