La Junta de Castilla y León asume que tendrá que buscar el mecanismo o el protocolo “más adecuado” en el futuro para establecer restricciones en determinados periodos en los que una determinada actividad suponga un elemento de riesgo para desencadenar incendios forestales, tras la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad, que anula a petición de Asaja una resolución que prohibía las labores de cosechado del 16 al 19 de julio de 2022.
Así lo aseguró en la comparecencia posterior al Consejo de Gobierno, el portavoz de la Junta y consejero de Economía y Hacienda, Carlos Fernández Carriedo, quien explicó que aquella decisión se adoptó en un contexto “ extremadamente de riesgo” como eran aquellos días del verano de 2022. “Desgraciadamente”, dijo, tuvieron razón sobre aquellas previsiones, que señaló se manifestaron como “ciertas”, ante el número y las características de aquellos fuegos, marcados por las convecciones de aire y calor.
El consejero portavoz insistió en que si se repitieran aquellas circunstancias climáticas de “mucho riesgo” para los incendios, estarían en la “obligación” de plantear también restricciones en algunas actividades para “limitar” el riesgo de incendios, aunque para ello tuvieran que elegir el procedimiento "más adecuado", para garantizar también el respeto a la “libertad” de las personas y el desarrollo de actividades productivas como las agrícolas.
La sentencia del TSJCyL considera nula la resolución del director general de Patrimonio Natural y Política Forestal del 15 de julio de 2022 por la que se incrementaba la situación de riesgo meteorológico de incendios forestales declarando la situación de alarma en la Comunidad. La decisión del alto tribunal se basa en la “disconformidad” de la misma con el ordenamiento jurídico.



