El real decreto-ley para hacer frente a las consecuencias económicas del conflicto en Oriente Medio, que incluye la rebaja del impuesto especial a los hidrocarburos y la eliminación progresiva del impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica, entrará en vigor este miércoles tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Según recoge la norma, con el objetivo de paliar los efectos del incremento de los precios de la energía, se aplicará una rebaja temporal del impuesto sobre los carburantes más utilizados. En concreto, el gasóleo y las gasolinas sin plomo verán reducido su gravamen en 15 céntimos por litro durante julio, 10 céntimos en agosto y 5 céntimos en septiembre.
Eso sí, desaparece la rebaja del IVA al 10% de los carburantes, una medida incluida en el primer paquete anticrisis y que decae en línea con las recomendaciones de Bruselas.
No obstante, el decreto contempla un mecanismo de refuerzo. Si el IPC de la gasolina o del gasóleo de junio de 2026 supera en más de un 15% el registrado en el mismo mes del año anterior, la rebaja fiscal aumentará hasta 20 céntimos por litro en agosto y 15 céntimos en septiembre.
Asimismo, si el IPC de julio supera ese mismo umbral del 15%, la reducción del impuesto será de 20 céntimos por litro durante septiembre.
Por otro lado, se mantiene el descuento equivalente a 20 céntimos por litro para los profesionales del sector del transporte y del sector primario. Además, la agricultura contará con 165 millones de euros adicionales para la compra de fertilizantes, que se suman a los 500 millones ya previstos.
Posible regreso de las rebajas fiscales en gas y electricidad
El decreto recuerda que desde el 1 de junio el IVA del gas y la electricidad volvió a situarse en el 21%, mientras que el Impuesto sobre la Electricidad pasó del 0,5% al 5,1%, debido a la evolución favorable de los precios.
Sin embargo, el Gobierno incorpora un mecanismo de salvaguarda que permitirá recuperar de forma extraordinaria y temporal las rebajas fiscales durante agosto y septiembre de 2026 si los precios del gas y la electricidad vuelven a dispararse.
Menos impuestos para la producción eléctrica
En el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica, el decreto introduce rebajas en los pagos fraccionados correspondientes al tercer y cuarto trimestre de 2026.
Además, el tipo impositivo será del 3,5% en 2027, reduciendo a la mitad el gravamen actual del 7%, mientras que a partir de 2028 desaparecerá, al fijarse en el 0%.
Condiciones para las empresas beneficiarias
La norma establece que las empresas obligadas a disponer de un plan de movilidad sostenible y que reciban ayudas directas deberán cumplir con esa obligación, ya que, en caso contrario, tendrán que devolver las ayudas percibidas.
Asimismo, las empresas beneficiarias no podrán realizar despidos, ceses de actividad ni reducir de forma definitiva el empleo hasta el 30 de septiembre de 2026 cuando estas decisiones estén justificadas por causas derivadas de la situación regulada en este real decreto-ley.
La CNMC vigilará a las gasolineras
Otra de las novedades es que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) pondrá en marcha un sistema de seguimiento de los márgenes de todas las estaciones de servicio y publicará un listado de aquellas que presenten comportamientos anómalos.
Además, los consumidores podrán presentar reclamaciones ante cualquier práctica irregular detectada en las gasolineras.

El decreto también obliga a las estaciones de servicio y establecimientos de suministro minorista de carburantes a informar de forma visible sobre la aplicación de estas medidas fiscales temporales.




