El alcalde de Toro, Carlos Rodríguez, ha emitido un bando municipal en el que ha querido recordar, ante el aumento de la instalación de equipos de aire acondicionado y sistemas de aerotermia en la localidad, la obligación de que dichas instalaciones cumplan con la normativa urbanística vigente, el Plan General de Ordenación Urbana de Toro y el Plan Especial del Conjunto Histórico de Toro, pues de no ser así se enfrentan a medidas de retirada y multas de entre 1.000 y 10.000 euros.
De esta forma, desde el Ayuntamiento se ha señalado que los equipos de aire acondicionado, incluidos los de ventana, consola, bipartidos o portátiles, deberán contar con la correspondiente licencia, declaración responsable o comunicación urbanística, según proceda.
Asimismo, inciden en que estas instalaciones no podrán colocarse en fachadas sobre la vía pública, salvo imposibilidad justificada y previa valoración de los servicios técnicos municipales, debiendo garantizar en todo caso una adecuada integración arquitectónica mediante soluciones que oculten los equipos o los integren en el paramento de fachada.
Además, se destaca que deberán respetar las distancias establecidas, situarse a la altura mínima exigida y evitar goteos, ruidos o molestias a los viandantes. No podrán colocarse a menos de 2,50 metros de otros equipos similares o huecos de ventana, ni por debajo de 3 metros sobre la cota del suelo, y deberán instalarse con sistemas de aislamiento y dispositivos amortiguadores que reduzcan la transmisión de ruidos y vibraciones.
Por otro lado, recuerdan que dentro del Conjunto Histórico, los entornos de protección de Bien de Interés Cultural y los edificios catalogados queda prohibida la instalación de equipos de aire acondicionado visibles desde la vía pública.
Por todo ello, desde el Consistorio se requiere a los propietarios que hayan instalado equipos de aire acondicionado o aerotermia sin autorización municipal para que, en el plazo de un mes desde la publicación del bando, procedan a regularizar su situación mediante la solicitud del trámite urbanístico correspondiente.





