El nuevo sistema de clasificación por edades y etiquetado de contenidos audiovisuales que deberán utilizar los operadores para reforzar la protección de los menores entra en vigor este jueves, 10 de septiembre, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El nuevo modelo es fruto del acuerdo alcanzado entre la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública y los principales agentes del sector audiovisual.
El acuerdo establece un modelo homogéneo de clasificación por edades y descriptores de contenido, aplicable a la televisión, los servicios bajo demanda y los influencers que tengan la condición de usuarios de especial relevancia (UER). El objetivo es que los espectadores puedan tomar decisiones más informadas y facilitar el uso de herramientas de control parental.
El nuevo sistema incorpora un Código de Conducta para la calificación de los programas y contenidos audiovisuales y un sistema de descriptores, previsto también en la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA). Este marco común para los diferentes operadores busca reforzar la protección de los menores y ofrecer a los usuarios información más clara sobre los contenidos y programas. El código contempla además sanciones para quienes incumplan sus disposiciones.
El Código mantiene la gradación por edades aprobada a partir del anterior Código de Autorregulación y recogida en la LGA: TP, +7, +12, +16, +18 y X, con unas directrices comunes para su aplicación. Además, establece un sistema de descriptores que permitirá identificar la presencia de sexo, violencia, conductas reprochables, adicciones y lenguaje inadecuado.
De acuerdo con la normativa audiovisual, los prestadores del servicio de comunicación audiovisual están obligados a facilitar información suficiente a los espectadores sobre los programas. En concreto, los contenidos emitidos por los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo, tanto lineal como a petición, deberán disponer de una calificación por edades visible en pantalla mediante un indicativo visual y fácilmente comprensible.
Por lo que se refiere a los contenidos perjudiciales para el desarrollo físico, mental o moral de los menores, aquellos que contengan escenas de violencia gratuita o pornografía no podrán emitirse en abierto. En el caso de las plataformas bajo demanda, estos contenidos deberán ofrecerse en catálogos separados del resto de programas.
Además, los programas que no contengan pornografía o violencia extrema, pero que por su contenido estén considerados para mayores de 18 años, únicamente podrán emitirse entre las 22.00 y las 6.00 horas.
Con la entrada en vigor del acuerdo, cualquier persona que observe una falta de calificación o una calificación inadecuada en los programas y contenidos podrá presentar una reclamación por incumplimiento del Código de Conducta.
No ocurrirá así cuando el incumplimiento proceda de una plataforma de Internet, que por el momento queda fuera del acuerdo, o de alguna de las plataformas de streaming que finalmente no lo hayan firmado. En estos casos, deberá seguirse la vía de denuncia administrativa prevista en la LGA y en el Reglamento de Servicios Digitales.
El Código contempla la posibilidad de sancionar a los incumplidores y establece también una comisión de seguimiento encargada de supervisar el cumplimiento de los compromisos asumidos por los firmantes. Asimismo, fija mecanismos de consulta previa para que los prestadores puedan determinar la calificación correcta de sus contenidos y garantiza la participación de la sociedad civil en el cumplimiento de las obligaciones establecidas tanto en el Código de Conducta como en la LGCA.
En este sentido, las organizaciones sociales firmantes se han comprometido a participar en la revisión de las reclamaciones, asumir las funciones derivadas de su presencia en la comisión de seguimiento y elaborar los informes de evaluación sobre el funcionamiento del Código, que deberán ser aprobados por los prestadores firmantes.
Firma del acuerdo
El acuerdo fue suscrito por la CNMC junto con los principales agentes del ecosistema audiovisual, entre ellos los prestadores de servicios de comunicación audiovisual de ámbito estatal, entidades como FORTA o Autocontrol, además de organizaciones de consumidores y usuarios como AUC, iCmedia o la Plataforma de Organizaciones de Infancia.
Los prestadores de servicios de comunicación audiovisual de ámbito estatal, incluidos los usuarios de especial relevancia, deben estar adheridos a un sistema de regulación como el establecido en este acuerdo. En caso contrario, la CNMC podrá iniciar actuaciones sancionadoras desde el día siguiente a la firma del acuerdo.
En el ámbito autonómico, la adhesión al acuerdo se producirá de forma progresiva. Cuando una comunidad autónoma se adhiera, permitirá que los prestadores bajo su supervisión, principalmente televisiones autonómicas y locales, puedan incorporarse al nuevo sistema.



