La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos, ha estimado parcialmente el recurso presentado por un conductor condenado por la muerte de dos ocupantes de su vehículo en un accidente de tráfico ocurrido en septiembre de 2024 en la autovía A-66, a la altura de Morales del Vino (Zamora), y ha reducido la pena de tres años y tres meses de prisión impuesta por la Audiencia de Zamora a dos años y medio.
La resolución mantiene que el acusado, que se había sacado el carné apenas 15 días antes del siniestro mortal, es responsable de dos delitos de homicidio por imprudencia grave, al considerar acreditado que circulaba a una velocidad que excedía en 30 o 40 kilómetros por hora el máximo de 120 permitido para la vía y que el accidente se produjo por una conducción desatenta. Estas circunstancias provocaron la pérdida de control del vehículo y la muerte de dos jóvenes que viajaban en el asiento trasero.
Sin embargo, el alto tribunal autonómico considera que los hechos no son constitutivos de un delito contra la seguridad vial, porque hubo conducción imprudente, pero no temeraria.
"No coincidimos, en consecuencia, con el criterio defendido por la Audiencia, toda vez que la bisoñez demostrada por el acusado a la hora de conducir un vehículo de motor -tributaria del escaso tiempo que gozaba de la licencia habilitante para desarrollar dicha actividad-, unida a la puntual desatención que se narra en el relato fáctico de la sentencia apelada y a la velocidad a la que circulaba, no convierten la conducción imprudente en patente, clara y manifiesta a ojos de todo el mundo, ni cabe incardinarla, consecuentemente, en los postulados del artículo 380 ahora analizado", señala el TSJ.
Por este motivo, el TSJ estima parcialmente el recurso, revoca la condena por el delito contra la seguridad vial y elimina el concurso ideal entre dicho delito y los homicidios imprudentes que había apreciado la Audiencia.
Esta circunstancia supone que reduce la pena de tres años y tres meses de prisión y cuatro años y tres meses de retirada del permiso de conducir a dos años y medio de prisión y tres años y seis meses de privación del derecho a conducir vehículos de motor.





