El método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido para 2015 presenta algunas novedades que atenúan la presión fiscal sobre el sector agrario en el próximo periodo impositivo.
Tarifa energía eléctrica
Así, para reducir el impacto que la subida en la tarifa de la energía eléctrica ha supuesto en la rentabilidad de las actividades agrícolas de regadío, se establece un nuevo índice corrector por cultivos en tierras de regadío que utilicen, a tal efecto, energía eléctrica. Este índice lo podrán aplicar los agricultores que rieguen sus fincas utilizando la energía eléctrica y que concentran el gasto en determinadas épocas del año. El índice corrector aprobado es el 0,80. Este nuevo índice corrector también será de aplicación al período impositivo 2014.
Por otra parte, y debido a la incorporación, en 2015, al método de estimación objetiva de titulares de actividades forestales dedicadas a la extracción de resina, se establece al efecto un índice de rendimiento neto aplicable a los mismos del 0,32.
Otras medidas
La Orden ministerial también mantiene algunas medidas preexistentes de importancia para el sector agrario. De esta forma, para los productos agrícolas y ganaderos se establecen los mismos índices aplicables en 2014, incluyendo la rebaja de los módulos de las producciones de tabaco, uva de mesa y flor cortada y planta ornamental.
Además se prorroga para 2015 la reducción del 5 % sobre el rendimiento neto de módulos, consecuencia de los acuerdos alcanzados en la Mesa de Trabajo Autónomo, ya aplicada en los ejercicios de 2009 a 2014. Se trata de una medida horizontal que afecta a la totalidad de los agricultores y ganaderos que tributen en estimación objetiva, cuyo efecto global es mayor que cualquier reducción de módulos específicos. Supone una minoración de la base imponible de los agricultores de más de 100 millones de euros.
Método de estimación objetiva
El método de estimación objetiva del IRPF es el mayoritariamente utilizado por los agricultores y ganaderos españoles, manteniéndose muy estable el número de declarantes desde 1999 (en torno a 1.050.000). Anualmente el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas publica una Orden Ministerial en la que se definen los índices de rendimiento neto (módulos) de las actividades agrarias para el año subsiguiente, de forma que los agricultores y ganaderos tengan la oportunidad de decidir, antes del inicio del ejercicio, si renuncian al método de estimación objetiva y optan por tributar a través del método de estimación directa.




